Estimada Comunidad Educativa:
Junto con saludar cordialmente, y deseando un excelente inicio de año escolar 2026, informamos que, en conformidad con la entrada en vigencia de la Ley N° 21.801, que regula y prohíbe el uso de dispositivos móviles electrónicos de comunicación personal en los establecimientos educacionales, estableciendo la prohibición de su uso durante la jornada escolar —no así su porte, en los términos que la normativa dispone—, nuestro establecimiento implementará dicha regulación a contar del primer día de clases, es decir, el día miércoles 04 de marzo de 2026.
La presente medida tiene por finalidad resguardar los procesos de enseñanza y aprendizaje, fortalecer la convivencia escolar y promover espacios educativos libres de distracciones, favoreciendo la concentración, el respeto mutuo y la interacción directa entre los integrantes de la comunidad educativa.
La prohibición y regulación de uso regirá para todos los estamentos de la comunidad escolar, en todos los niveles y modalidades educativas, especialmente durante el desarrollo de actividades curriculares. Su implementación se realizará de manera gradual, asegurando procesos de información, sensibilización y acompañamiento dirigidos a estudiantes, familias y funcionarios.
Cabe señalar que el alcance de la normativa contempla distinciones según estamentos, en atención a las excepciones expresamente previstas por la ley, las que serán debidamente informadas y reguladas mediante el protocolo institucional correspondiente.
En virtud de lo anterior, queda estrictamente prohibido el uso de teléfonos celulares y otros dispositivos tecnológicos personales durante:
• El horario de clases.
• Recreos y tiempos intermedios.
• Actividades formativas, pastorales, deportivas, extracurriculares y salidas pedagógicas organizadas y supervisadas por el establecimiento.
A continuación, se detalla la aplicación de la normativa por estamento:
ESTAMENTO: ESTUDIANTES
• Las y los estudiantes deberán ingresar al establecimiento sin portar teléfonos celulares u otros dispositivos electrónicos visibles. En caso de portarlos, estos deberán permanecer apagados y guardados en la mochila durante toda la jornada escolar, sin posibilidad de uso en clases ni recreos.
• Durante el mes de marzo se desarrollará un proceso de sensibilización respecto de la normativa vigente. Los docentes verificarán su cumplimiento en el aula, mientras que inspectoría y equipo de gestión lo supervisarán durante recreos y otros espacios comunes.
Procedimiento ante incumplimiento:
1. Llamado de atención verbal y recordatorio de la normativa.
2. Si la conducta persiste, retiro inmediato del dispositivo por parte del funcionario correspondiente.
3. Custodia del dispositivo en Inspectoría General, en un sistema seguro destinado para tal efecto.
4. Registro de la situación en la hoja de observaciones del estudiante.
5. Entrega del dispositivo al término de la jornada escolar, previa firma de acta por parte del estudiante, incorporando compromiso de mejora.
*Esta medida será implementada progresivamente durante el mes de marzo, posterior al proceso de sensibilización.
En caso de reincidencia, la situación será derivada al Área de Convivencia Escolar, donde se adoptarán medidas formativas y se establecerán compromisos de apoyo en conjunto con la familia.
El detalle completo del procedimiento será incorporado en el protocolo institucional que será socializado oportunamente con toda la comunidad educativa.
ESTAMENTO: DOCENTES
• Las y los docentes deberán ingresar a la sala de clases sin portar dispositivos móviles visibles.
Excepciones permitidas, limitadas estrictamente a fines pedagógicos o institucionales:
1. Registro de asistencia u otras acciones pedagógicas en el libro digital. (Dentro de los próximos días se espera contar con un mecanismo que permita ingresar datos al libro digital prescindiendo del uso del celular para esta acción).
2. Registro de material audiovisual de proyectos, trabajos, salidas que se den en contexto de implementación de alguna actividad que amerite evidencias (por ejemplo, por utilización de recursos SEP, apoyo de observación de práctica docente).
Importante: La solicitud de apoyo desde la sala de clases, ante situaciones de desregulación emocional o conductual, utilizará como canal oficial la mensajería instantánea de Whatsapp mientras se realice la implementación de la herramienta de Google Chat que estará disponible en todos los computadores de las salas y que será informada oportunamente.
Se recuerda utilizar la sigla correspondiente DEC + NOMBRE Y APELLIDO DE ESTUDIANTE + CURSO + SALA.
ESTAMENTO: ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN
• Las y los asistentes de la educación no podrán hacer uso de dispositivos electrónicos personales durante su jornada laboral en el establecimiento.
Excepciones permitidas:
• Informar la necesidad de apoyo frente a un estudiante en situación de riesgo o emergencia.
• Coordinar acciones relacionadas con funciones propias del cargo, tales como preparación de actividades, comunicación de información relevante de emergencia, aseo, mantención o habilitación de espacios pedagógicos.
Con el fin de apoyar la labor de los asistentes de la educación de inspectoría de patio y auxiliar de aseo, se implementará el uso de Walkie Talkie.
ESTAMENTO: APODERADOS
• Las y los apoderados no podrán hacer uso de dispositivos electrónicos durante su permanencia en el establecimiento.
Excepción:
• Registro fotográfico en el contexto de actos cívicos, siempre que no se vulnere el derecho a la privacidad de terceros ni se realicen grabaciones no autorizadas.
CANALES OFICIALES DE COMUNICACIÓN
La comunicación con funcionarios del establecimiento deberá realizarse exclusivamente a través de los canales formales:
• Correo electrónico institucional.
• Agenda escolar.
• Notas net
• Página del colegio
En conformidad con la normativa vigente, no se dará respuesta a comunicaciones enviadas mediante mensajería instantánea durante la jornada escolar. En caso de emergencia, las familias deberán comunicarse telefónicamente con la secretaría del establecimiento.
SOLICITUD EXCEPCIONAL DE USO DE DISPOSITIVOS (ESTUDIANTES)
De acuerdo con la normativa vigente, el establecimiento podrá autorizar excepcionalmente el uso de dispositivos móviles por un período determinado. Esta solicitud deberá ser presentada formalmente a Dirección por el padre, madre o apoderado, debidamente fundada en razones de seguridad personal o familiar. En caso de ser autorizada, el uso del dispositivo se limitará estrictamente a la comunicación con la familia o tutor legal.
REGISTRO DE IMÁGENES Y GRABACIONES
Queda estrictamente prohibido tomar fotografías, grabar audio o video a cualquier miembro de la comunidad educativa dentro del establecimiento, sin autorización expresa.
Se exceptúan los registros institucionales autorizados de actividades pedagógicas, difundidos a través de los canales oficiales del colegio, así como registros personales autorizados en actos cívicos, respetando siempre la normativa vigente sobre protección de la vida privada y datos personales.
OTROS
• Con respecto a la venta de alimentos dentro del establecimiento, tanto el kiosco como el casino adoptarán medidas de pago que informarán oportunamente pues no podrán realizarse transferencias electrónicas de parte de estudiantes dentro de los horarios de permanencia dentro del establecimiento educacional.
• La labor de secretaría se limitará a entregar información de carácter urgente, por lo tanto, bajo ninguna circunstancia podrá entregar información de algún estudiante en particular.
• En caso de emergencias será el establecimiento que se comunicará con el apoderado para apoyar la necesidad del estudiante, por lo tanto, se solicita la actualización permanente de datos de contacto tanto de número de teléfono como de correo electrónico a través de conductos regulares.
Como comunidad educativa, somos conscientes de que la implementación de esta medida representa un desafío que nos convoca a todos. Sin embargo, confiamos en que, con la ayuda del Señor y, especialmente, con la colaboración activa y el compromiso responsable de cada uno de los integrantes de nuestra comunidad, podremos llevarla adelante de manera adecuada.
Estamos convencidos de que el cumplimiento de esta normativa no solo responde a una obligación legal, sino también a una oportunidad para fortalecer un ambiente formativo seguro, respetuoso y verdaderamente centrado en el aprendizaje y bienestar de todos nuestros estudiantes.
Agradecemos desde ya la disposición y el apoyo que brindarán en este proceso, y los invitamos a canalizar cualquier duda o consulta a través de sus respectivas directivas de curso, tanto de estudiantes como de apoderados, favoreciendo así una comunicación ordenada y constructiva.
Para más información, ingresa a:
ciudadaniadigital.mineduc.cl
https://modoaula.mineduc.gob.cl/
Se despide atentamente,
Equipo de Gestión
Fundación Educacional Mater Dei.




